{"id":3549,"date":"2009-07-31T14:21:47","date_gmt":"2009-07-31T13:21:47","guid":{"rendered":"http:\/\/poesiamas.net\/blog\/?p=3549"},"modified":"2009-07-31T14:21:47","modified_gmt":"2009-07-31T13:21:47","slug":"wellington-contra-napoleon-copyright-o-derecho-de-autor","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/escribocreativo.com\/blog\/2009\/07\/31\/wellington-contra-napoleon-copyright-o-derecho-de-autor\/","title":{"rendered":"Wellington contra Napole\u00f3n: \u00bfCopyright o derecho de autor?"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"https:\/\/escribocreativo.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2009\/07\/napoleon_and_wellington3.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-3557\" style=\"margin: 5px;\" title=\"napoleon_and_wellington3\" src=\"https:\/\/escribocreativo.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2009\/07\/napoleon_and_wellington3-191x300.jpg\" alt=\"napoleon_and_wellington3\" width=\"191\" height=\"300\" \/><\/a>\u00bfCopyright o derecho de autor? Los creadores (blogueros, escritores, m\u00fasicos, etc.) vivimos en una inquietud constante por proteger nuestras creaciones y algunos, al mismo tiempo, por difundirlas en un espacio libre y com\u00fan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este art\u00edculo he intentado situar las diferencias entre copyright y derecho de autor partiendo de sus or\u00edgenes, viendo as\u00ed el sentido que tuvieron al crearse y poder cuestionar su validez actual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">S\u00f3lo conociendo de d\u00f3nde venimos podemos proponer alternativas, inclu\u00edda la desaparici\u00f3n de ambos conceptos para proteger con m\u00e1s eficiencia nuestras creaciones, si es que hace falta hacerlo, o derivar a un nuevo modelo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es tal el caos en la red y la cantidad de informaci\u00f3n sesgada o interesada que transita\u00a0 sobre el asunto que es imposible aglutinarla toda. Por eso he preferido buscar una fuente acad\u00e9mica, documentada y bien estructurada, para explicar el porqu\u00e9 y el c\u00f3mo, que cito al final del art\u00edculo. Espero que te sea tan \u00fatil como me lo ha parecido a m\u00ed, independientemente de la postura del autor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Parte I. El copyright.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las leyes del copyright de Gran Breta\u00f1a, que son la base de las estadounidenses, crecieron como un subproducto accidental de la censura. La invenci\u00f3n de la imprenta fue una gran preocupaci\u00f3n para los gobiernos europeos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La mayor\u00eda di\u00f3 pasos para el control de la difusi\u00f3n de textos impresos. En Inglaterra y Gales se hizo de dos formas: la creaci\u00f3n de delitos por publicar material blasfemo y sedicioso, y la introducci\u00f3n de un sistema de registro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El \u00faltimo fue dirigido por un gremio llamado <a href=\"http:\/\/en.wikipedia.org\/wiki\/Stationer%27s_Company\" target=\"_blank\">Stationer&#8217;s Company<\/a>, que recibi\u00f3 una carta real de incorporaci\u00f3n el 4 de mayo de 1557. Cada obra publicada deb\u00eda ser registrada en el Sationer&#8217;s Hall en Londres. Esto les concedi\u00f3 un monopolio en la producci\u00f3n de libros y es el origen del t\u00e9rmino copyright. Si un miembro pose\u00eda la propiedad de un texto (&#8220;copy&#8221;), ning\u00fan otro podr\u00eda publicarlo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En 1695, sin embargo, el Parlamento no renov\u00f3 el requerimiento de registro. El comercio de libros intent\u00f3 volver a su estado de monopolio, pero nunca lo logr\u00f3.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una influencia importante para los pol\u00edticos que lideraron el <a href=\"http:\/\/en.wikipedia.org\/wiki\/Statute_of_Anne\" target=\"_blank\">Estatuto de Anne<\/a> fue Daniel Defoe. En su famosa revista realiz\u00f3 una apasionada campa\u00f1a contra lo que consideraba una indefensi\u00f3n de los autores, que no pose\u00edan ning\u00fan derecho que los protegiera.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Finalmente, en el Acta de  Copyright de 1709-10 se reconocen los derechos de los autores, siendo una condici\u00f3n de este reconocimiento el dep\u00f3sito de sus obras en el Stationer&#8217;s Hall . Es el primer estatuto que reconoce los derechos de los autores en el mundo moderno. Fue la base de la Copyright Act estadounidense y el sistema que regul\u00f3 el registro hasta 1989.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como se deduce de lo dicho anteriormente, el copyright en el Reino Unido es un derecho econ\u00f3mico y social. Al contrario que los derechos de autor, no es concebido en t\u00e9rminos del derecho natural de los autores a las creaciones de su mente. Esto tambi\u00e9n se cumple en las leyes estadounidenses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tradicionalmente, para las leyes del Reino Unido, existe una distinci\u00f3n entre las obras originales y las producciones que no requieren de &#8220;originalidad&#8221; como condici\u00f3n para ser protegidas. Esto realmente funciona como una distinci\u00f3n entre &#8220;el mensaje&#8221; y &#8220;el medio&#8221;. Los trabajos que deben ser &#8220;originales&#8221; para ser protegidos deben ser deben ser obras de autores tales como obras literarias, cintas, pel\u00edculas, emisiones, teatro, arte, programas de ordenador (extra\u00f1amente protegidos como obras literarias).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Normalmente, las dos clases de copyright est\u00e1n asignadas a dos personas diferentes. As\u00ed, cuando un autor escribe un libro posee el copyright literario del texto del mismo. Este copyright se da en una licencia a un editor para reproducir este texto en la forma de un libro (o cualquier otra), pero el copyright de la tipograf\u00eda pertenece al editor. El editor es reembolsado por los beneficios de las ventas. Cuando un libro es fotocopiado, ambos copyrights, autor y editor, son infringidos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n existen en las leyes del Reino Unido otros derechos en este campo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Parte II. El derecho de autor.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Las leyes de la Revoluci\u00f3n Francesa del 13-19 de enero de 1791 y 19 de julio de 1793 fueron la primera y concisa declaraci\u00f3n de los derechos de autor en la Europa Continental de los autores, dramaturgos, compositores y artistas. Esta visi\u00f3n francesa va a influenciar a toda la Europa Continental.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00c9sta es una de las disposiciones que contiene el actual estatuto franc\u00e9s de 1957.<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Art\u00edculo 19. El autor determina la forma y condiciones de publicaci\u00f3n.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Habla, junto a otros m\u00e1s, de derechos morales. Estos derechos no pueden ser vendidos o transferidos, y est\u00e1n separados de los derechos econ\u00f3micos. Esto no es una ley de copyright: es una <em>ley de autor<\/em>. Si un autor considera que su obra ha sido modificada o presentada en una forma en la cual lo rechaza <em>subjetivamente<\/em>, el autor tiene el derecho de tomar medidas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El derecho de autor franc\u00e9s enfatiza el hecho de que la obra debe mostrar un rastro de la personalidad del autor. Es por esto que en los sistemas de derechos de autor los derechos son\u00a0 <em>personales. <\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta filosof\u00eda subyacente de los derechos de autor deriva en gran parte de la filosof\u00eda cartesiana que separaba cuerpo y mente, y tend\u00eda a ver las obras creadas por la mente como diferentes y superiores a las del cuerpo. De ah\u00ed se sustrae que las obras de la mente deban tener una mayor y particular protecci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Mientras, la visi\u00f3n inglesa, de inspiraci\u00f3n lockeana, ve que los trabajos del cuerpo y la mente son iguales, as\u00ed que los trabajadores y los creadores deben tener derechos iguales. Aqu\u00ed tenemos el contraste entre el idealismo continental (derecho de autor) y el pragmatismo anglosaj\u00f3n (copyright).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tanto el derecho de autor como el copyright comparten un com\u00fan acercamiento en situar al autor en el centro. En lo que difieren, fundamentalmente, es que el copyright refleja la filosof\u00eda emp\u00edrica tradicional, mientras que el <em>droit d&#8217;auter<\/em> refleja una tradici\u00f3n racionalista que proviende de Descartes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esto tiende a la creaci\u00f3n de sistemas l\u00f3gicos aut\u00f3nomos que no requieren la experiencia del mundo real. Pero, en realidad, como demostr\u00f3 Kant en su <em>Cr\u00edtica de la raz\u00f3n pura<\/em>, los conceptos no existen como entes abstractos separados de la realidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Un ejemplo pr\u00e1ctico: en matem\u00e1ticas, 1+1=2. Esto se considera una verdad l\u00f3gica. Pero depende de nuestro concepto de &#8216;1&#8217;. Si la f\u00f3rmula es (1 gota de agua) + (1 gota de agua), la respuesta es (1 gota de agua). Conclusi\u00f3n: la filosof\u00eda subyacente en los derechos de autor es incoherente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las leyes de derechos de autor pueden ser v\u00e1lidas en los t\u00e9rminos de las ideas que eran v\u00e1lidas en el siglo dieciocho, \u00a1pero el pensamiento filos\u00f3fico ha evolucionado desde entonces! Es hora de reivindicar la superioridad moral de los sistemas de derecho com\u00fan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">*Este texto es un extracto traducido del ingl\u00e9s de la obra citada m\u00e1s abajo. <em>Puede tener errores de traducci\u00f3n<\/em>. A la obra original puede accederse m\u00e1s abajo para contrastarla.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Originality in copyright, <\/em>John Adams, en <a href=\"http:\/\/books.google.es\/books?id=wHJBemWuPT4C&amp;source=gbs_navlinks_s\" target=\"_blank\"><em>Copyright Laws<\/em>,<\/a> Paul Torremans, 2007.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">[email_links]\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfCopyright o derecho de autor? Los creadores (blogueros, escritores, m\u00fasicos, etc.) vivimos en una inquietud constante por proteger nuestras creaciones y algunos, al mismo tiempo, por difundirlas en un espacio libre y com\u00fan. 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